
Respuesta corta: por cada semestre completo trabajado recibes un sueldo (más asignación familiar y variables regulares) más una bonificación del 9%. Si trabajaste menos, recibes un sexto por cada mes completo. Se paga hasta el 15 de julio y el 15 de diciembre, y sí tiene descuento de AFP u ONP.
¿Buscas la de este año? Lee gratificación diciembre 2026, con tabla por meses.
¿Qué es la gratificación?
Es un pago adicional obligatorio, regulado por la Ley 27735. Por cada semestre completo trabajado recibes una remuneración computable:
- Julio: por enero a junio. Se paga hasta el 15 de julio.
- Diciembre: por julio a diciembre. Se paga hasta el 15 de diciembre.
Te corresponde aunque trabajes a tiempo parcial (menos de 4 horas diarias): a diferencia de la CTS, la ley no exige una jornada mínima.
La fórmula
Gratificación = RC ÷ 6 × meses completos
- RC es la remuneración computable: sueldo, asignación familiar y los conceptos variables que recibiste en al menos 3 de los 6 meses del semestre.
- Solo cuentan los meses calendario completos. Si entraste el 10 de marzo, marzo no cuenta.
- Cada falta injustificada descuenta
RC ÷ 180.
La bonificación extraordinaria
Además de la gratificación recibes una bonificación extraordinaria: el aporte a EsSalud que tu empleador ya no paga sobre la gratificación y te entrega a ti (Ley 30334).
- 9% si estás en EsSalud.
- 6.75% si tienes EPS.
¿Tiene descuentos?
Sí. Es un error común pensar que llega íntegra:
- La gratificación tiene el descuento de tu AFP u ONP y cuenta para la renta de 5ta categoría.
- La bonificación extraordinaria no tiene descuento de pensiones, pero sí cuenta para la renta de 5ta.
- Ninguna de las dos tiene descuento de EsSalud.
Ejemplo 1: gratificación completa
Carlos gana S/ 3,000, recibe asignación familiar (S/ 113), está en EsSalud y en AFP Integra. Trabajó todo el semestre de enero a junio de 2026.
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Gratificación (3,000 + 113) | S/ 3,113.00 |
| Bonificación extraordinaria 9% | S/ 280.17 |
| Total bruto | S/ 3,393.17 |
| AFP Integra (sobre la gratificación) | − S/ 402.20 |
| Le llega aproximadamente | S/ 2,990.97 |
Si Carlos gana lo suficiente para pagar renta de 5ta, ese mes también le retendrán una parte.
Ejemplo 2: gratificación proporcional
María entró el 1 de marzo de 2026 con un sueldo de S/ 2,500. En julio tiene 4 meses completos (marzo a junio).
2,500 ÷ 6 × 4 = 1,666.67
Bonificación 9% = 150.00
Total bruto = 1,816.67
Ejemplo 3: con faltas y EPS
Luis gana S/ 3,000, tiene EPS y faltó 5 días sin justificación en el semestre.
Gratificación = 3,000.00
Faltas: 3,000 ÷ 180 × 5 = − 83.33
Gratificación neta = 2,916.67
Bonificación 6.75% = 196.88
Total bruto = 3,113.54
¿Cuánto me toca por 2, 3 o 4 meses?
Un sexto de tu remuneración por cada mes completo, más el 9%. Con un sueldo de S/ 2,000 y 3 meses: 2,000 ÷ 6 × 3 = 1,000, más 90 de bonificación = S/ 1,090. Mira la tabla por sueldos en cuánto me toca de gratificación por 1 a 6 meses.
¿Me corresponde si ingresé en mayo? Sí: si entraste el 1 de mayo tienes 2 meses completos (mayo y junio). Si entraste el 10 de mayo, solo cuenta junio.
¿Si renuncio en junio me toca gratificación? Sí, la trunca: los meses completos de enero a mayo (y junio si cesas el 30). Se paga con tu liquidación.
Casos especiales
Si renuncias antes de julio o diciembre. Recibes la gratificación trunca por los meses completos que trabajaste en el semestre, con su bonificación. Se paga con tu liquidación.
Si estuviste con descanso médico. Los días en que recibiste subsidio de EsSalud (por enfermedad, accidente o maternidad) cuentan como trabajados para la gratificación.
Construcción civil. Tiene su propio régimen: la gratificación equivale a 40 jornales en julio y 40 en diciembre.
Pequeña empresa. Si tu empleador está en el REMYPE como pequeña empresa y entraste después de su inscripción, cada gratificación es de media remuneración, más la bonificación sobre ese monto. Con un sueldo de S/ 3,000: S/ 1,500 + S/ 135 = S/ 1,635. En la microempresa no hay gratificaciones.
Calcula la tuya
La calculadora de gratificación aplica la regla de meses completos, la bonificación y el descuento de tu AFP u ONP.
Si no te pagan a tiempo. Debe pagarse completa hasta el 15 de julio o el 15 de diciembre, no en cuotas. Reclama por escrito y, si no te pagan, denuncia ante SUNAFIL.
Base legal: Ley 27735 y su reglamento (DS 005-2002-TR), Ley 30334 y TUO de la Ley MYPE (DS 013-2013-PRODUCE).
Te avisamos antes de cada gratificación
Un correo antes de julio y diciembre con la fecha de pago y cuánto te debería llegar. Gratis y sin spam.
Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. Para tu caso concreto, consulta con SUNAFIL o con un abogado laboralista.


