
Respuesta corta: la asignación familiar es S/ 123 al mes desde el 1 de octubre de 2026 (10% del sueldo mínimo de S/ 1,230). Te corresponde si trabajas en planilla en el sector privado y tienes hijos menores de 18 años, o mayores que estudian una carrera, hasta los 24.
¿Cuánto es?
- Hasta el 30 de setiembre de 2026: S/ 113.00 (10% de S/ 1,130).
- Desde el 1 de octubre de 2026: S/ 123.00 (10% de S/ 1,230), por el aumento de la RMV.
Cada vez que sube la RMV, sube la asignación familiar: cuando llegue a S/ 1,300 en 2027, será de S/ 130. El monto es el mismo tengas uno o varios hijos, y no depende de tu sueldo.
¿Quiénes tienen derecho?
Los trabajadores del régimen laboral privado cuya remuneración no se fija por negociación colectiva, que tengan:
- Hijos menores de 18 años, o
- Hijos mayores de edad que cursan estudios superiores, hasta un máximo de 6 años después de cumplir 18 (es decir, hasta los 24).
No importa si tu contrato es indefinido o a plazo fijo.
Si el padre y la madre trabajan, ambos tienen derecho a recibirla, aunque trabajen en la misma empresa.
Si tienes varios empleadores, cada uno debe pagártela.
¿Cómo se pide?
Entrega a tu empleador una copia del DNI o la partida de nacimiento de tu hijo. Si es mayor de 18, agrega la constancia de matrícula y renuévala cada ciclo o año académico.
Pídela por escrito apenas tengas derecho y guarda el cargo. Hay criterios distintos sobre si se debe pagar desde el nacimiento de tu hijo o desde que la pediste, así que no lo dejes para después.
¿Qué pasa cuando mi hijo cumple 18 años?
Sigues recibiéndola solo si tu hijo cursa estudios superiores (universidad o instituto), hasta los 24 años. Si no estudia, deja de corresponderte; avisa a tu empleador para evitar que luego te descuenten lo cobrado de más.
¿Tiene descuentos?
Sí. La asignación familiar es parte de tu remuneración: tiene el descuento de AFP u ONP, cuenta para la renta de 5ta y sobre ella tu empleador aporta a EsSalud.
Aumenta tus otros beneficios
Como es parte de tu remuneración, se suma en el cálculo de la CTS, las gratificaciones y las vacaciones. Por ejemplo, con un sueldo de S/ 2,500:
| Beneficio | Sin asignación | Con asignación (S/ 123) |
|---|---|---|
| Gratificación | S/ 2,500.00 | S/ 2,623.00 |
| Vacaciones (30 días) | S/ 2,500.00 | S/ 2,623.00 |
Y la CTS de cada semestre sube S/ 61.50 por la asignación, más su efecto en el sexto de la gratificación.
¿Y en la pequeña empresa?
La Ley MYPE no menciona la asignación familiar y hay opiniones distintas sobre si es obligatoria. Si tu boleta la incluye, márcala en nuestras calculadoras. Si no la incluye y crees que te corresponde, consulta con SUNAFIL.
Calcula tus beneficios
Todas nuestras calculadoras, como la de CTS o la de gratificación, suman la asignación familiar con la RMV vigente a la fecha de cada pago.
Base legal: Ley 25129 y su reglamento (DS 035-90-TR).
Te avisamos antes de cada pago
Recibe un correo antes del depósito de tu CTS, tu gratificación y cuando cambie el sueldo mínimo. Gratis, sin spam y te das de baja cuando quieras.
Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. Para tu caso concreto, consulta con SUNAFIL o con un abogado laboralista.


