Qué hacer si no te pagan tu liquidación
El plazo es de 48 horas
Tu empleador debe pagarte la liquidación de beneficios sociales, depositar tu CTS trunca y entregarte el certificado de trabajo y la carta de liberación de CTS dentro de las 48 horas siguientes a tu cese. Si no lo hace, la deuda genera intereses.
Paso a paso
- Calcula cuánto te deben con la calculadora de liquidación.
- Envía esta solicitud y guarda la copia con el cargo de recepción. Si no la reciben, mándala por carta notarial: la notaría deja constancia de la entrega.
- Si vence el plazo sin respuesta, denuncia ante SUNAFIL (puede ser virtual). Adjunta la carta: prueba que reclamaste.
- Si aun así no te pagan, puedes demandar en la vía judicial. Tienes 4 años desde tu cese para reclamar tus beneficios.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio enviar la solicitud antes de ir a SUNAFIL?
No es obligatorio, pero ayuda: muchas empresas pagan al recibirla y, si no, prueba que reclamaste y desde cuándo.
¿Puedo reclamar si firmé la liquidación?
Sí. Firmar la liquidación no te quita el derecho a reclamar las diferencias o lo que no te pagaron.
¿Y si me despidieron sin causa?
Marca la indemnización. Pero ojo: para impugnar el despido el plazo es de 30 días. Lee me despidieron: cuánto me toca.
Base legal: D.S. 001-97-TR (art. 3 y art. 45), Tercera Disp. Compl. del D.S. 001-96-TR y Ley 27321 (prescripción).